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Comunicados de prensa

25 de junio de 2024
Nuevas reglas para vehículos de uso agrícola el 1de julio
~ Los propietarios de vehículos deben comprar y exhibir un cartel emitido por el DMV antes del 1 de julio ~

Contacto: Michael Wallace, Jillian Cowherd, Matthew Demlein

El Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor de Virginia (VDACS), el Departamento de Vehículos Motorizados de Virginia (DMV) y la Policía Estatal de Virginia (VSP) alientan a los agricultores a asegurarse de que sus vehículos de uso agrícola elegibles cumplan con la nueva etiqueta de uso agrícola requerida por la ley de Virginia que entra en vigencia el 1de julio de 2024. La nueva ley requiere que los vehículos de uso agrícola no registrados exhiban un cartel de uso agrícola permanente emitido por el DMV en los camiones, camionetas y vehículos utilitarios deportivos con una clasificación de peso bruto vehicular (GVWR) inferior a 7500 libras.

El cambio fue aprobado por los legisladores en 2023 con un período de gracia de un año para los propietarios de vehículos. Los carteles cuestan $15 y son válidos durante la vida útil del vehículo. Las etiquetas de uso agrícola no oficiales ya no serán aceptables para estos vehículos a partir del 1de julio de 2024.

"Dado que los vehículos agrícolas son clave para la productividad agrícola, es importante que los agricultores de Virginia puedan continuar usándolos en sus operaciones y al mismo tiempo evitar que las etiquetas de uso agrícola se usen en otros vehículos de manera inapropiada", dijo el comisionado de VDACS, Joseph Guthrie. "Esperamos que aquellos que aún no lo han hecho soliciten hoy mismo su etiqueta de uso agrícola permanente emitida por el DMV".

Cualquier persona que posea o arriende un vehículo de uso agrícola elegible debe devolver el formulario de solicitud a su ubicación local de DMV Select o DMV de servicio completo y pagar la tarifa de $15 . Es posible que se requieran $15 adicionales si el propietario aún no tiene un título para el vehículo. Se debe proporcionar información relacionada con la ubicación, el tamaño y las mercancías de la granja, junto con declaraciones firmadas que confirmen su uso exento y que el vehículo está asegurado. Los carteles son intransferibles y deben devolverse al DMV dentro de 30 días después de que el vehículo se haya vendido o ya no se use para fines exentos.

"Esperamos que estos carteles ayuden a garantizar el uso adecuado de las etiquetas de uso agrícola y, lo que es más importante, hagan que las carreteras de Virginia sean más seguras", dijo el comisionado del DMV, Gerald Lackey. "No queda mucho tiempo antes de que comience la aplicación de la ley, por lo que alentamos a los agricultores a llevar sus solicitudes completadas al DMV de su vehículo local".

A partir del 1de julio, los carteles deben exhibirse en la parte delantera y trasera de los vehículos en todo momento. Una primera infracción se castiga con una multa de no más de $250, una segunda o subsiguiente infracción constituirá una infracción de tráfico punible con una multa de $250.

"Tenemos la esperanza de que el período de gracia de 12meses haya permitido a los agricultores el tiempo necesario para familiarizarse con estos cambios en las etiquetas de uso agrícola", dijo el superintendente de VSP, el coronel Gary Settle. "La policía estatal espera trabajar con la comunidad agrícola para lograr el cumplimiento total y garantizar que todos los vehículos tengan sus etiquetas adecuadas a la vista".

Los camiones, camionetas y vehículos utilitarios deportivos no registrados que obtengan una placa del DMV deben cumplir con ciertas condiciones:

  • Utilizado exclusivamente para fines agrícolas u hortícolas en tierras propiedad del propietario del vehículo o arrendadas por él, y no operado en o sobre ninguna carretera pública, excepto para fines específicos.
  • Utilizado por el propietario o arrendatario de la granja sobre una base estacional en el transporte de productos agrícolas y ganado a lo largo de las carreteras públicas por una distancia de no más de 75 millas o a una casa de almacenamiento, planta de empaque o mercado.
  • Propiedad del propietario de una granja cuando el vehículo se opera o se mueve a lo largo de una carretera por no más de 75 millas entre un aserradero o sitio de aserradero y su granja para transportar aserrín, virutas de madera, losas de madera y otros desechos de madera.
  • Tirado por un tractor agrícola, utilizado por un agricultor, su inquilino, agente o empleado o un desmotador de algodón, comprador de maní o distribuidor de fertilizantes para transportar algodón sin desmotar, maní o fertilizante propiedad del agricultor, desmotador de algodón, comprador de maní o distribuidor de fertilizantes de una granja a otra, de la granja a la desmotadora, de la granja a la secadora, de la granja al mercado, o del distribuidor de fertilizantes a la granja y a su devolución al distribuidor.
  • Hacer un viaje de regreso desde cualquier mercado, transportar de regreso a una granja alimentos ordinarios y esenciales, incluida la adquisición de una comida para un agricultor o sus empleados, y otros productos para uso doméstico y agrícola mientras se realizan las actividades mencionadas anteriormente, o transportar suministros a la granja.

Los requisitos de los letreros no se aplican a los vehículos con una máquina firmemente sujeta para rociar frutas y otras plantas, maquinaria agrícola o tractores operados en una carretera entre dos extensiones de tierra o que viajan hacia y desde un taller de reparación para reparaciones, vehículos agrícolas con una clasificación de peso bruto vehicular superior a 7500 libras, o remolques y semirremolques agrícolas.

Las condiciones detalladas y más información se pueden encontrar en el sitio web del DMV. Visite esta útil tabla para ayudar a determinar qué placa o cartel es el adecuado para usted.


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