El Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor de Virginia regula el movimiento de malezas nocivas. Una maleza nociva se define como cualquier planta viva, o parte de ella, declarada por la Junta a través de regulaciones bajo este capítulo como perjudicial para los cultivos, aguas superficiales, incluidos los lagos, u otras plantas deseables, ganado, tierra u otra propiedad, o como perjudicial para la salud pública, el medio ambiente o la economía, excepto cuando la producción en el estado de dicha planta viva, o parte de ella, es comercialmente viable o dicha planta viva se propaga comercialmente en Virginia. La Ley de Malezas Nocivas otorga autoridad a la Junta de Agricultura y Servicios al Consumidor (BACS, por sus siglas en inglés) para agregar o eliminar malezas de la lista de malezas nocivas de Virginia.
Las malezas propuestas se presentan al Comité Asesor de Malezas Nocivas, quien evalúa y recomienda a BACS la adición o eliminación de malezas de la lista.
El movimiento de una maleza nociva incluida en la lista requiere una Solicitud de Permiso de Malezas Nocivas completada. Devuelva la solicitud completa a noxiousweed.vdacs@vdacs.virginia.gov o a la Oficina de Servicios de la Industria Vegetal, P.O. Box 1163, Richmond, VA 23218.
Contacto
John Bransford, especialista en especies invasoras
804.786.3515 NoxiousWeed.VDACS@vdacs.virginia.gov
Haga clic aquí para obtener la información de contacto de la Oficina de Servicios de la Industria de Plantas.